miércoles, 30 de septiembre de 2015

Resumen sobre el blog responsable

La publicación de un blog tiene un fuerte carácter personal y una dimensión pública
que es necesario considerar, puesto que implica una noción de autoría y compromiso
sobre lo publicado.Cuando nos expresamos y ofrecemos contenido a través de
nuestro blog estamos ejercitando nuestro derecho a la libertad de expresión.

En los apartados siguientes analizaremos cómo enfrentarnos a la publicación de materiales que están disponibles en Internet, así como la importancia de actuar con honestidad y respeto en la construcción del conocimiento de forma colaborativa.

1.1. CONTENIDO PROPIO

Siempre que sea posible es conveniente que publiquemos nuestro propio contenido
original, aquel que hemos elaborado nosotros.  En ese caso disponemos de todos los derechos sobre su difusión y sólo tenemos que preocuparnos de qué permisos les queremos otorgar.

1.2. CONTENIDO AJENO. Hasta dónde llega el “copia y pega”

No hay que confundir el hecho de que “esté publicado” con que sea
de “dominio público” y, por tanto, se pueda “copiar” libremente. Veremos a
continuación algunos niveles en el uso de materiales ajenos y los procedimientos más
recomendables.


1.2.1. CITAR mediante enlaces y reseñas

Si queremos utilizar una parte de un texto encontrado en otra página, podemos hacer
una breve reseña del mismo con atribución a la fuente de donde se extrae. Por
ejemplo, podemos copiar en nuestro post un párrafo literal de otro artículo a modo de
apoyo o referencia a nuestra argumentación, pero siempre citando su procedencia a
través de un hiperenlace a la web original y, si se quiere, un texto donde se cite
expresamente algo así como “Extracto del artículo XXX… del autor X”. De esta forma
se le reconoce la autoría a su dueño y se ofrece al lector una vía de documentación

para que pueda seguir ampliando el tema por sí mismo.

1.2.2. INCRUSTAR contenido multimedia (vídeos, audios, presentaciones, etc.)

La mayor parte de servidores de contenido multimedia generado por los usuarios,
tales como YouTube (para vídeo) y Slideshare (para documentos ppt, pdf, etc.)
permiten incrustar sus contenidos dentro de nuestros blogs sin necesidad de
descargarlos y subirlos a nuestro servidor -con lo cual no se incurre en
responsabilidades legales ni ocupamos espacio en nuestro hosting-. Los documentos
son, de esta forma, reproducidos desde nuestro blog sin dejar de estar alojados en su

plataforma original (Youtube.com p.ej.).

1.2.3. DESCARGAR Y REUTILIZAR contenido con licencias CC

Hasta el momento hemos visto la diferencia entre “enlazar” (poner un hipervínculo a la página
deseada) e “incrustar” (copiar el código embed de los materiales multimedia que lo ofrezcan).
Pero ¿y si queremos descargar un material y colgarlo en nuestro blog o utilizarlo para un trabajo
(una presentación p. ej.) que vayamos a publicar después? Descargar una imagen de una web y
publicarla en nuestro blog puede ser ilegal. El dueño de la imagen se puede enfadar, esgrimir el
copyright de su obra y denunciarnos. Llegados a ese caso, como profesores podremos alegar que
se había usado para fines educativos sin ánimo de lucro, pero dependerá de su buena voluntad
estimar la nuestra. En ese caso, conviene que busquemos y utilicemos materiales libres de
derechos o con permisos para ser reutilizados.
Ante este contexto de rigidez del copyright, e inspiradas por el movimiento del
software libre, han surgido otras fórmulas que pretenden introducir cierta flexibilidad
en la reutilización de los contenidos y producciones culturales. Hablamos de las
licencias Creative Commons [1] que, frente a la máxima de “todos los derechos

reservados” del Copyright, defienden la fórmula de “algunos derechos reservados”

Licencias Creative Commons

Las licencias CC o Creative Commons son seis y se fundamentan en la combinación de
cuatro condiciones básicas que son escogidas por los autores al publicar sus obras

2 comentarios:

  1. ¡Qué blog más interesante! Es muy útil, me ayuda mucho con las nuevas tecnologías... :)

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